La Constitución actual de
Samoa entró en vigor al tiempo de la independencia el 1 de enero
de 1962.
Había sido elaborada por una Convención Constitucional en octubre de 1960 y
aprobada en mayo de 1961 en referéndum.
Poder Ejecutivo
La carta magna establece un
modelo de democracia parlamentaria en el que el Jefe del
Estado es elegido por el Parlamento
por un periodo de cinco años, a excepción de quienes eran Jefe del Estado al
tiempo de la independencia que fueron declarados Jefes de Estado vitalicios, en
virtud de un acuerdo entre los matai samoanos. El poder
ejecutivo lo forma un primer
ministro elegido por el Fono. Los ministros deben ser también
miembros de la asamblea legislativa.
Poder Legislativo
El Parlamento se denomina
"Fono" y lo forman 49 diputados elegidos por sufragio universal por cinco años. El derecho a ser
candidato y elegido para 47 de los 49 les obliga a ser jefes de clan
(matai) y los otros 2 deben ser no samoanos.
Poder Judicial
El poder judicial está formado por un Tribunal Supremo y
tribunales inferiores.
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